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c5_es_c hap08_information_ed01-2014
Carburante utilizado para
los motores gasolina
los motores gasolina son compatibles con
los biocarburantes gasolina de tipo
e1 0 (que
contienen un 10% de etanol) conforme a las
normas europeas
en 228 y en 15376.
lo
s carburantes de tipo e
8
5 (que contienen
hasta un 85% de etanol) están exclusivamente
reservados a los vehículos comercializados
para la utilización de este tipo de carburante
(vehículos BioFlex).
l
a c
alidad del etanol debe
ajustarse a la norma europea
en 15293.
Carburante utilizado para
los motores diésel
los motores diésel son compatibles con los
biocarburantes que cumplen los estándares
europeos actuales y futuros (gasoil que
respete la norma en 590 mezclado con
un biocarburante que respete la norma
en
14214) que se pueden distribuir en gasolineras
(incorporación posible de entre un 0% y un 7%
de Éster Metílico de Ácidos Grasos).
es p
osible utilizar el biocarburante B30 en
determinados motores diésel.
n
o o
bstante,
esta utilización, aunque sea ocasional, requiere
la aplicación estricta de las condiciones
particulares de mantenimiento.
c
o
nsulte en la
red
cit
R
OË
n
o en un taller cualificado.
el u
so de cualquier otro tipo de (bio)carburante
(aceites vegetales o animales puros o diluidos,
fuel-oil doméstico...) está terminantemente
prohibido ya que podría dañar el motor y el
circuito de carburante.
Desplazamientos al
extranjero
debido a que las pistolas de repostaje
de diésel pueden ser diferentes según
el país, el sistema anticonfusión de
carburante puede imposibilitar el
llenado del depósito.
an
tes de realizar un desplazamiento
al extranjero, se aconseja comprobar
en la red
cit
R
OË
n
si el vehículo se
adecúa a los equipos de distribución
del país al que se dirige.
8
información práctica